Se agiliza y libera carga fiscal de Pemex: Pepe Yunes

* Cumplen minutas con reforma constitucional de diciembre

 

México, D.F., 04 de agosto de 2014.- El presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Pepe Yunes, argumentó que las minutas enviadas al Senado en materia financiera sobre la reforma energética, dan forma a las aspiraciones contenidas en las modificaciones constitucionales.

 

Con ellas, agregó, se agiliza y libera la carga fiscal de Petróleos Mexicanos (Pemex), a fin de aprovechar de mejor forma la renta petrolera, encauzándola hacia el ahorro de largo plazo y hacia el financiamiento de inversión productiva.

 

Ante las comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público, de Energía y Estudios Legislativos, Primera, el legislador presentó el dictamen por el que se expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Federal de Derechos y de la de Coordinación Fiscal, y se expide el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; el cual, dijo, implica 77 modificaciones a la iniciativa del Presidente de la República se expide la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y se establece el régimen de los ingresos a través de contratos y asignaciones derivadas de las actividades de exploración y extracción de hidrocarburos.

 

El Senador de la República precisó que se emiten las disposiciones de administración y supervisión sobre aspectos financieros de contratos y asignaciones, así como las respectivas para fomentar la rendición de cuentas y transparencia.

 

Se detalla el concepto de Ingresos, el cual se limita a tres fuentes: las contraprestaciones provenientes de contratos del Estado Mexicano con las empresas productivas o personas morales; con las asignaciones a través de derechos especificados en la ley; y por los impuestos generados de actividades de exploración y extracción.

 

Se señalan también las condiciones económicas que acompañarán a los contratos de utilidad y producción compartida, cuya diferencia será el porcentaje de la utilidad operativa que reciban una de las partes. Al ser en efectivo, serán contratos de utilidad compartida, mientras que al ser en especie, serán contratos de producción compartida, explicó el senador Pepe Yunes.

 

Asimismo, resaltó que una de las modificaciones relevantes es la determinación de las obligaciones de los contratistas, el pago de la contraprestación a que tiene derecho el Estado, y la observación de los lineamientos en materia de costos y en adquisición de bienes que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pondrá a su disposición En este sentido, el Fondo Mexicano del Petróleo tendrá a cargo su administración y los trabajos de supervisión y verificación serán a cargo de la SHCP.

 

El presidente de la Comisión de Hacienda expresó que Pemex estará sujeto a tres derechos, uno por utilidad compartida, otro por exploración y uno más para la extracción. Además, la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos impulsa el impuesto por actividad de exploración y extracción de hidrocarburos, el cual no formará parte de la recaudación federal participable y será transferido en 100 por ciento a entidades y municipios.

 

La Ley que expide el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo constituye un fideicomiso que da facultades al fondo para recibir, administrar, invertir y distribuir recursos de la renta petrolera; contará con un comité técnico integrado por siete personas, de los cuales, cuatro serán consejeros independientes y tres serán representantes del Estado: los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Comité, y de la Secretaría de Energía, así como el Gobernador del Banco de México.

 

Finamente, el senador Pepe Yunes destacó que la Ley de Coordinación Fiscal se ajusta a las nuevas disposiciones, aumenta el fondo general de participaciones porque se incrementa la recaudación federal de participaciones; y respecto la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, define destinos específicos, porcentajes y montos a destinar de recursos que excedan ahorro de largo plazo de tres por ciento.

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